ORDENANZA Nº 5/15
VISTO:
La Resolución Nº 2458/2004 del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, y
CONSIDERANDO
Que la Resolución citada en el Visto reglamenta las condiciones de admisibilidad, financiación, contratación y ejecución de obras de infraestructura en todas las jurisdicciones del país financiadas por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, contemplando la construcción, sustitución parcial o total, ampliación, adecuación o refacción, de edificios integradores.
Que para su efectiva implementación es necesario crear una Unidad Ejecutora Municipal (UEM), conformada por un equipo interdisciplinario que garantice la correcta ejecución de las acciones de infraestructura integradoras.
Que la Unidad Ejecutora Municipal estará compuesta por la Presidente Comunal como Coordinador General, resultando aconsejable por la especialización requerida designar como Director de Obra al Arq. Gustavo Litta, y al Sr. Mario Dip, como responsable del Área Contable.
Que los restantes componentes de la Unidad Ejecutora Municipal, las áreas social, apoyatura legal y administrativa, serán provistas por la estructura orgánica comunal, a través de sus áreas pertinentes.
Por ello, en uso de sus facultades, la Comisión Comunal de María Teresa, dicta y sanciona la siguiente
ORDENANZA
ARTÍCULO 1º.- Creáse la UNIDAD EJECUTORA MUNICIPAL (UEM), con las funciones y responsabilidades previstas
ARTICULO 2º.- Desígnase para integrar la UNIDAD EJECUTORA MUNICIPAL a las siguientes personas:
Coordinador General: María Cristina GOMEZ, Presidente Comunal.
Área Técnica: Arq. Gustavo LITTA
Área Contable: Sr. Mario Dip
Apoyatura Social, Legal y Apoyatura Administrativa: serán provistas por la estructura orgánica municipal, a través de sus áreas pertinentes.
ARTÍCULO 3º: La presente ordenanza será refrendada por Lilián B. A. TORRES, Secretaria de Coordinación Administrativa.-
ARTÍCULO 4º.- Registrase y comuníquese, elevándose copia del presente a la Dirección Nacional de Comunicación Estratégica del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.-
María Teresa, 20 de febrero de 2015.-
ANEXO I
FUNCIONES Y RESPONSABILIDADES DE LA UNIDAD EJECUTORA MUNICIPAL
1.- Generales
La Comisión Comunal de María Teresa, a través de la Unidad Ejecutora Municipal, es responsable de la identificación y presentación ante el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación de las obras cuyo financiamiento solicite, de elaborar el proyecto ejecutivo correspondiente, y de la correcta ejecución, buena calidad y terminación de dichas obras. Para lograr tales objetivos, son sus funciones y responsabilidades:
a) Priorizar las obras a ejecutar y elevar la solicitud con su correspondiente legajo técnico para incluir en los proyectos financiados con recursos del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, avalado por la máxima autoridad del Municipio o por quien ésta designe por acto administrativo correspondiente.
b) Elaborar el proyecto ejecutivo de cada obra.
c) Realizar las gestiones operativas ante el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación para el desarrollo y ejecución de las acciones en la Jurisdicción.
d) Asumir la dirección técnica/inspección y/o supervisión de obra, incluyendo la aprobación y registración que dichas tareas demanden, así como los gastos que por cualquier concepto generen. La Unidad Ejecutora Municipal es la responsable de la correcta ejecución, buena calidad y terminación de todas las obras.
e) Efectuar la medición y certificación de todas las obras que se ejecuten con una periodicidad máxima mensual.
f) Cumplimentar los requerimientos administrativos, técnicos, legales y financieros para la ejecución de la obra, de acuerdo a lo establecido en el Instructivo del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
g) Crear una base de datos para registro y control interno de los aspectos administrativos, contables, financieros y técnicos de las obras.
h) Organizar un legajo documental foliado y cronológicamente ordenado para cada una de las obras, integrado por la información identificatoria de cada institución, la certificación de las diferentes instancias de seguimiento, registro contable, control, asistencia técnica y todo otro material que se solicite. Dicha documentación deberá estar a disposición del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación, y de los Organismos de Control Nacionales o Provinciales. Durante la ejecución de la obra y hasta la recepción definitiva, una copia de este legajo deberá estar disponible en el establecimiento donde se realicen los trabajos.
i) Recabar la información que le sea requerida, responsabilizándose por la autenticidad de los datos y su procesamiento en tiempo y forma, remitiéndolos oportunamente a la Dirección Nacional de Comunicación Estratégica.
j) Implementar y mantener permanentemente actualizado un sistema de registro e información, con los soportes respectivos, que permita en todo momento conocer los fondos recibidos para cada concepto, su inversión o erogación y los saldos pendientes de utilización, como asimismo registrar o inventariar, según corresponda, las construcciones o los bienes adquiridos con los fondos nacionales.
k) Elaborar y remitir mensualmente las Planillas correspondientes a la rendición de los fondos recibidos por la Unidad Ejecutora Municipal (Rendición Contable), conforme a lo establecido.
l) Difundir las acciones que se realicen y promover la solidaridad social y el control de la comunidad.
m) Incluir a los supervisores de las áreas pedagógicas en el seguimiento directo de las acciones que se realizan.
n) Iniciar las acciones administrativas y legales (civiles y/o penales) que por derecho correspondan ante eventuales hechos de incumplimiento por parte del contratista, ya sean de índole contractual, administrativa, delictiva o de malversación de fondos, conforme el procedimiento establecido en el Instructivo.
o) Acordar con el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación las fechas de inauguraciones de las obras financiadas a través de la Dirección Nacional de Comunicación Estratégica.
p) Cumplimentar en tiempo y forma lo establecido en las resoluciones vigentes del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.
2.- Administración de los fondos
La Unidad Ejecutora Municipal administrará los fondos y recursos otorgados por el Ministerio de Desarrollo Social de la Nación para la implementación de las obras que se autoricen a través de la Dirección Nacional de Comunicación Estratégica.
Tendrá las siguientes funciones y responsabilidades, además de las indicadas en el punto anterior:
a) Realizar mensualmente la medición y certificación de las obras y efectuar el pago correspondiente, previa verificación del cumplimiento de los requerimientos previsionales, impositivos, riesgos de trabajo, y seguros de riesgo establecidos en el presente Instructivo.
b) Archivar cronológicamente la documentación original, manteniéndola a disposición del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación o de los Organismos de Control de la Nación o Provinciales, cuando sea requerida.
Las consecuencias económicas, administrativas y/o legales que pudieran generarse en virtud de incumplimientos de la Unidad Ejecutora Municipal a las funciones y responsabilidades antes detalladas, serán soportadas exclusivamente por la misma, con prescindencia del Ministerio de Desarrollo Social de la Nación.