FONDOS PARA OBRAS
       
            Ordenanza Nº 05/08 - s/Solicítese el aporte de $ 142.468,14-, no reintegrables para la realización de la obra de Hogar de Ancianos
                                           
ORDENANZA Nº 05/08

VISTO:
              La sanción de la ley 12.385 sus modificaciones y su Decreto Reglamentario Nº 1123/08; y


CONSIDERANDO:
              Que por dicha ley el Gobierno de la Provincia crea el Fondo para la Construcción Obras para el interior en Municipios de Segunda Categoría y Comunas.
              Que esta localidad se encuentra comprendida en los alcances del Fondo;
               Que esta Comisión Comunal ha evaluado las obras públicas prioritarias para el distrito, siendo éstas las de HOGAR DE ANCIANOS.-
                Que dichas obras se encuentran comprendidas entre las que son financiables por el Fondo,
                  Por ello, la Comisión Comunal de María Teresa, sanciona la siguiente

ORDENANZA


Artículo 1º: Solicítese al Gobierno Provincial, en el marco de la Ley 12.385 , sus modificaciones y su  Decreto Reglamentario Nº 1123/08, el aporte de Pesos ciento cuarenta y dos mil cuatrocientos sesenta y ocho con catorce centavos ($ 142.468,14-), no reintegrables para la realización de la obra de Hogar de Ancianos. -

Artículo 2º: Facúltese a la señora Presidenta Comunal a gestionar los fondos citados y convenir con el Gobierno Provincial el financiamiento total o parcial de las obras que se mencionan en el artículo 1º, y cuya realización se aprueba en este acto. Asimismo, autorícese la realización de las modificaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a lo establecido en la presente.-

Artículo 3º: Regístrese, comuníquese y archívese.-
                                                             María Teresa, 28 de febrero de 2008.-