ORDENANZA Nº18/18
VISTO:
Que la Cooperativa de Servicios de Provisión de Públicos, Crédito, Vivienda y Servicios Asistenciales de María Teresa Ltda. se encuentra a cargo de la prestación del Servicio Público de provisión de agua potable en todo el ámbito de su jurisdicción desde el año 2000 y debe generar el instrumento administrativo a través del cual se aprueba el Plan de Mejoras y Desarrollo, y
CONSIDERANDO:
Que la ley 11220 establece el marco regulatorio de los mencionados servicios en toda la provincia de Santa Fe y la consecuente creación del Ente Regulador de Servicios Sanitarios con competencia para el control de todos los prestadores.-
Que la resolución 659/07 modificatoria de la anterior 275/00 reglamenta la citada ley y establece que los planes de mejora y desarrollo de los servicios. deben ser aprobados por la autoridad comunal.-
Que la decisión ha sido tomada en reunión de comisión comunal, según consta en acta de fecha 01 de junio de 2016.-
Que resulta entonces imprescindible dictar el acto administrativo que permita adecuarse a la legislación vigente.-
Por ello, la Comisión Comunal de María Teresa en uso de sus legítimas facultades, dicta y sanciona la siguiente:
ORDENANZA
Art. 1: La Comisión Comunal de María Teresa, en su condición de concedente del servicio público de provisión de agua potable, prestado por la Cooperativa de Provisión de Servicios Públicos, Crédito, Vivienda y Servicios Asistenciales de María Teresa Ltda. en todo el ámbito de su jurisdicción, aprueba en los términos establecidos por el art. 54 de la ley 11220, el plan de mejoras y desarrollo correspondiente al servicios de agua potable y saneamiento para los años 2018-2020 que se adjunta a la presente ordenanza.-
Art. 2: Comuníquese a la Cooperativa de Provisión de Servicios Públi cos, Vivienda y Servicios Asistenciales de María Teresa Ltda. a los efectos de su elevación al ENRESS
Art. 3: Insértese, agréguese copia y hágase saber.-
María Teresa, 02 de julio de 2018.-