ORDENANZA 43/17
VISTO:
La posibilidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad por el cual esta Comuna ejecutará los trabajos de Desmalezado y Obras Complementarias en la Red Vial Provincial en el marco del Programa de Descentralización Vial durante el año 2018, y;
CONSIDERANDO:
Que los términos del Convenio y los precios ofrecidos por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de los servicios a prestar por esta comuna son razonables y compensan las inversiones a su cargo;
Que asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades ala Presidente Comunal, SeñoraMARIA CRISTINA GOMEZ DNI 12.078.140, para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, como para percibir los certificados que correspondan;
Que a los fines de garantizar el cumplimiento del convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los Fondos de Coparticipación que le correspondan a la Comuna; del ejercicio en el cual se ejecutan las Tareas;
Que evaluados los beneficios que la ejecución de los trabajos brindará a la población toda;
POR TODO ELLO:
LA COMISIÓN COMUNAL DE MARIA TERESA
SANCIONA Y PROMULGA LA SIGUIENTE ORDENANZA:
ARTÍCULO 1º: Apruébese la concreción de un convenio entre esta Comuna, representada por su Presidente, Señora MARIA CRISTINA GOMEZ DNI 12.078.140, y la Dirección Provincial de Vialidad para los trabajos de Desmalezado en la Red Vial Provincial durante el ejercicio del año 2018, conforme al plan de trabajo a establecer de común acuerdo entre las partes, en el marco del Programa de Descentralización Vial.
ARTÍCULO 2º: Facultase aal Señora MARIA CRISTINA GOMEZ DNI 12.078.140 Presidente de la Comuna de MARIA TERESA, a realizar todos los actos necesarios para el cumplimiento del convenio y a la percepción del monto certificado, en función del precio unitario establecido.
ARTÍCULO 3º: Apruébese la inversión que deberá realizar esta Comuna, conforme a la Ley Nº 2439.
ARTÍCULO 4º: Autorícese a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Comuna, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio.
ARTÍCULO 5º: Regístrese, Comuníquese, Publíquese y Archívese.
Maria Teresa, 27 Diciembre 2017.-