ORDENANZA Nº 02/17
VISTO:
La posibilidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, por el cual esta comuna de MARIA TERESA recibe en comodato Desmalezadora Marca RR.J.S. característica interna Z-220 Motor Nro. Chasis Nro 3000052, para ser destinada a la realización de trabajos inherentes a la prestación de servicios de orden público, tales como el mantenimiento y perfilado de las Rutas Provinciales de su distrito, y
CONSIDERANDO:
Que los términos del convenio ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad son razonables,
Que asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades al Presidente Comunal Sra. María Cristina Gómez, D.N.I. Nº 12.078.140 para que represente a esta institución y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento conforme se establezca;
Que a los fines de garantizar el cumplimiento del convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad, a afectar los fondos de coparticipación que le correspondan a la comuna;
Que evaluados los beneficios que implica la formalización del convenio para todos los habitantes de la zona, contribuyendo con ello al bienestar general de la población.-
POR ELLO, LA COMISION COMUNAL DE MARIA TERESA SANCIONA LA PRESENTE
ORDENANZA
Art. 1: Apruébase la concreción de un convenio entre esta Comuna de María Teresa y la Dirección Provincial de Vialidad donde esta última entrega en comodato Desmalezadora Marca R.J.S. Caracteerística interna Z-220 Motor Nro. Chasis Nor. 3000052, para ser destinada a la realización de trabajos inherentes a la prestación de servicios de orden público tales como el mantenimiento y perfilado de las rutas provinciales de su distrito.-
Art. 2: Facúltase al Presidente de la Comuna de María Teresa, María Cristina Gomez, D.N.I. N? 12.078.140, para que suscriba el respectivo convenio como también para que realice todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo, bajo la modalidad que se convenga.-
Art. 3: Apruébese la inversión que deberá realizar la Comuna conforme a la ley nº 2754/2439.-
Art. 4: Autorizase a la Dirección Provincial de Vialidad para aafectar los fondos de coparticipación que le correspondan a la Comuna a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del convenio.-
Art. 5: Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.-
María Teresa 16 de marzo de 2016.-