ORDENANZA Nº 10/11
VISTO:
La Resolución nº 3310/10 de la Direccion Provincial de Vivienda y Urbanismo para la construcción de catorce viviendas por ADMINISTRACION COMUNAL;
El contrato de obra publica ampliatorio del suscripto entre esta Comuna y la Direccion Provincial de Vivienda y Urbanismo para la construcción de 14 vivienda por administración comunal;
CONSIDERANDO:
Que la ley nº 5188 de Obras Publicas de la Provincia de Santa Fe, en sus arts. 41 y 68 obliga a construir garantías, ya sea del cumplimiento del contrato como de sustitución del fondo de reparo equivalente al 5% del monto de cada certificado de obra;
Que mediante el Decre4to nº 1698/84, ratificado por el nº 1007/85, se crea un sistema que permite a las comunas afectar al fondo de coparticipación provincial como garantía de los rubros señalados, siendo necesario el dictado del acto administrativo correspondiente;
Por ello, la Comisión Comunal de María Teresa sanciona y promulga la siguiente
ORDENANZA
Art. 1: Autorizase a la señora presidente comunal Dra. María Cristina Gómez a firmar contrato de obra publica con la Direccion Provincial de Vivienda y urbanismo.-
Art. 2: Adhiérase la Comuna de María Teresa al sistema creado por Decreto 1698/84 ratificado por el nº 1007/85 para garantizar el cumplimiento de todas las obligaciones emergentes del contrato de obra publica a suscribir con la Direccion Provincial de Vivienda y Urbanismo.-
Art. 3: Regístrese, comuníquese y archívese.-
María Teresa, 19 de abril de 2011.-