ORDENANZA Nº 9/24
VISTO:
Que la provincia transferirá a este municipio recursos necesarios para la realización de la obra pública "ALUMBRADO EN AVDA SAN MARTIN Y CALLE BOSCH-REDUCTOR DE VELOCIDAD CALLE URQUIZA Y ALVEAR", en el marco de la Ley Nº 12385 - Fondo para la construcción de Obras y Adquisición de Equipamiento y Rodados; y -
CONSIDERANDO:
Que el Decreto Nº 1123 /2008, reglamentario de aquella ley, en su artículo 1º establece, entre otras disposiciones: "Los proyectos preseleccionados, deberán ser evaluados y verificados por un representante técnico designado a ese efecto por la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas. Aquellos cuyo financiamiento pueda recuperarse bajo el régimen de contribución de mejoras, contarán con un aporte hasta el 50% (cincuenta por ciento, debiéndose acompañar copia certificada por autoridad judicial y/o notarial de la Ordenanza respectiva. La Provincia, a través del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, y los Municipios y Comunas, instrumentarán por convenio la forma de recupero del financiamiento otorgado bajo estas comisiones."
Que en la zona donde se pretende realizar la obra de "ALUMBRADO EN AVDA SAN MARTIN Y CALLE BOSCH-REDUCTOR DE VELOCIDAD CALLE URQUIZA Y ALVEAR", que comprende columnas brazo simple sobre el lateral Norte de Avda San Martín y columnas brazo doble sobre el cantero central sobre Avda San Martín entre calles Sarmiento y Bosch y alumbrado el cordón cuneta lateral norte (Hospital y Residencia de Adultos Mayores) columna brazo simple en calle Bosch entre Avda. San Martín y calle Sta. Ma. De Oro; y reductor de velocidad en intersección de calles Urquiza y Alvear, viven personas de escasos recursos como asimismo desempleados y se ubican instituciones de la localidad (Hospital y Residencia de Adultos Mayores) lo que hace imposible puedan comprometerse o asumir una obligación de pago como la que genera la realización de esta,
Que por esos motivos, resulta necesario declarar ante la Comisión de Seguimiento de la Ley 12385, que aprueba las gestiones, que el proyecto de ""ALUMBRADO EN AVDA SAN MARTIN Y CALLE BOSCH-REDUCTOR DE VELOCIDAD CALLE URQUIZA Y ALVEAR" para la COMUNA de MARIA TERESA, no es susceptible de recuperación económica para la población que se beneficiara con esta obra, de imprescindible realización en pos de mejorar la calidad de vida;
POR ELLO:
LA COMISION DE FOMENTO DE LA COMUNA DE MARIA TERESA
SANCIONA LA PRESENTE ORDENANZA
ARTICULO 1º) Declarar como no susceptible de recuperación mediante contribución de mejoras al proyecto "ALUMBRADO EN AVDA SAN MARTIN Y CALLE BOSCH-REDUCTOR DE VELOCIDAD CALLE URQUIZA Y ALVEAR", atento los motivos expuestos.
ARTICULO 2º) DE FORMA.-
Maria Teresa, 6 de Marzo de 2024.-