LOTEO - URBANIZACION
       
            Ordenanza Nº 54/22 - s/Declárase la usucapión Administrativa de una fracción de terreno individualizado en el SCIT, designado como lote 19 con frente al SO sobre calle Nº 12

ORDENANZA Nº 54/2022

VISTO:
                         El estado de abandono que presenta una gran cantidad de inmuebles en el ejido urbano de nuestra localidad.
                         La inexistencia de titulares del derecho real de dominio sobre los mismos, o de posesión de los mismos, la imposibilidad de halar a tales titulares, o eventualmente su desidia ante esta realidad.
                         La necesidad de mantener la higiene urbana a cargo de esta Comuna.
                         La falta comprobada de vivienda digna y propia para muchos habitantes de esta localidad, sumada a la falta de terrenos con los cuales abordar esta problemática.
                        La fuerte decisión política del gobierno de esta comuna de encarar una política de estado que permita resolver en parte la problemática aludida.
                        EL abandono que presenta el inmueble designado …

CONSIDERANDO:

                         Que la Comuna de María Teresa ha tomado posesión hace aproximadamente 25 años del terreno individualizado en el SCIT con impuesto inmobiliario N° 17-17-00-376485/0000-5, ubicado en zona urbana de esta localidad, designado como lote 19 con frente al SO sobre calle Nº 12, entre calle Dr. Pedro Carlos Loretto y Calle Restituto Alejandre, a los 42.70 mts. De Calle Restituto Alejandre, hacia el NO, poligonal cerrada de limites de 4 lados, cuyas dimensiones lineales y linderos son los siguientes: el lado A-B mide 12.48 mts, linda al SO con calle Nº 12, el lado B-C mide 50.00mts, linda al NO con Castillo Victoria S. y OT, PII 1717003764760009, Scatularo Juan Rosario - PII 1717003764760008., el lado C-D mide 12.48 mts., linda al NE con Olmedo Emilio - PII1717003764770000, el lado D-A mide 50.00mts., linda al SE con Fernandez Esperanza - PII 1717003764800000, Maldonado Pablo M. PII 1717003764840000 y cuyos angulos internos son el vertice A: 90º00´00´´, vertice B: 90º00´00´´, vertice C 90º00´00´´ vertice D 90º00´00´´.-Encierra una superficie de 624,00 metros cuadrados
                         Durante todo este tiempo la Comuna lo ha mantenido libre de malezas y en condiciones de higiene y seguridad, afectándolo a uso privado y continuado.
                        Que no ha mediado acción judicial de desalojo sobre el inmueble en cuestión, ni tan siquiera, reclamo alguno sobre el particular, sea por parte del titular dominial, sea de sus herederos si los hubiere y/o de terceros que ostentaren derechos respecto al mismo..
                        Que tampoco persona alguna se presento a hacer valer derechos sobre el inmueble, desconociendo el paradero de quien fuera su titular.
                         De los registros surge que se hallan impagos los tributos que tienen origen en las Ordenanzas Comunales y gravan el inmueble.
                         Que en este estado, están dadas las condiciones establecidas por la Ley Nacional N° 21.477 (modificada por su par, Ley N° 24.320) y por la Ley Provincial N° 12.115, para decretar la prescripción adquisitiva, por el modo establecido por el art. 2565, 1897 y 1899 del Código Civil y Comercial de la Nación.
                        
                          Que por todo ello, la COMISIÓN COMUNAL DE MARIA TERESA, sanciona y promulga la siguiente:

ORDENANZA:

Artículo 1°: Declárase la usucapión administrativa de una fracción de terreno individualizado en el SCIT con impuesto inmobiliario N° 17-17-00-376485/0000-5, plano de Nº mensura 251516, confeccionado por los Agrimensores Eduardo W. Lustig-Maria V. Drago, ubicado en zona urbana de esta localidad, designado como lote 19 con frente al SO sobre calle Nº 12, entre calle Dr. Pedro Carlos Loretto y Calle Restituto Alejandre, a los 42.70 mts. De Calle Restituto Alejandre, hacia el NO, poligonal cerrada de limites de 4 lados, cuyas dimensiones lineales y linderos son los siguientes: el lado A-B mide 12.48 mts, linda al SO con calle Nº 12, el lado B-C mide 50.00mts, linda al NO con Castillo Victoria S. y OT, PII 1717003764760009, Scatularo Juan Rosario - PII 1717003764760008., el lado C-D mide 12.48 mts., linda al NE con Olmedo Emilio - PII1717003764770000, el lado D-A mide 50.00mts., linda al SE con Fernandez Esperanza - PII 1717003764800000, Maldonado Pablo M. PII 1717003764840000 y cuyos angulos internos son el vertice A: 90º00´00´´, vertice B: 90º00´00´´, vertice C 90º00´00´´ vertice D 90º00´00´´.-Encierra una superficie de 624,00 metros cuadrados

Artículo 2°: Esta declaración tiene el alcance previsto por los arts 2565, 1897 y 1899 del Código Civil y Comercial de la Nación

Artículo 3°: Solicítele al poder ejecutivo la pertinente autorización para el otorgamiento de la escritura de usucapión administrativa por ante la escribanía de gobierno.

Artículo 4°: Incorporase el inmueble al dominio privado comunal.

Artículo 5°: Solicitase a la Administración Provincial de Impuestos los beneficios de la Ley N° 12.115.-

Artículo 6°: Publíquese, comuníquese, regístrese y archívese.-

María Teresa,      de    07 Diciembre   de 2022.-