CONVENIOS
       Dirección Provincial de Vialidad
            
                 Ordenanza Nº 20/08 - s/Apruébese Convenio DPV. para la conservación de la Red Vial Provincial, durante el ejercicio 2009

ORDENANZA Nº  20/08

VISTO:
       La posibilidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad por el cual la Comuna de María Teresa ejecutará trabajos de Conservación de la Red Vial Provincial en el marco del Programa de Descentralización Vial durante el año 2009, y

CONSIDERANDO:
       Que, los términos del Convenio y precio ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de los servicios a prestar por la Comuna son razonables y compensan las inversiones a su cargo;
       Que, asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades especiales a la Presidenta Comunal Dra. María Cristina Gómez DNI Nº 12.078.140, para que realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, como también a percibir la suma  que se establezca;
       Que, a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad, para afectar  los fondos de coparticipación que le corresponda a esta Comuna, durante el ejercicio en el cual se ejecuten las tareas;
            Que, evaluados los beneficios que la ejecución de los trabajos brindará a la población toda;

POR TODO ELLO:
LA COMISION COMUNAL DE MARIA TERESA
SANCIONA LA SIGUIENTE:

ORDENANZA

Art. 1º) Apruébese la concreción de un convenio entre la Comuna de María Teresa representada en este acto por su Presidenta Dra. María Cristina GOMEZ, y la Dirección Provincial de Vialidad, para la conservación de la Red Vial Provincial, durante el ejercicio 2009, conforme al plan de trabajos a establecer de común acuerdo entre ambas partes y en el marco del Programa de Descentralización Vial.-

Art. 2º) Facultase a la Presidenta de la Comuna de María Teresa a realizar todos los actos que sean necesarios para el cumplimiento del convenio y para
la percepción del monto certificado en función de la tasa establecida.-

Art. 3º) Apruébese la inversión que deberá realizar la Comuna conforme a la
Ley Nº 2439.-
Art. 4º) Autorizase a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de coparticipación que le corresponda a la Comuna  a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiera ocasionar el incumplimiento del Convenio.-

Art. 5º)  Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-
                                  
                                                   María Teresa, 17 de diciembre de 2008.-