ORDENANZA Nº 08 /07
VISTO:
La posibilidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad por el cual esta Comuna de María Teresa ejecutará trabajos en el marco del programa de descentralización, consistente en un Sistema de Iluminación compuesto por 29 columnas tubulares sobre R. P. Nº 14 y sus intersecciones con: ACCESO Norte a la localidad, R. P. Nº 2-S y Acceso Principal, y
CONSIDERANDO:
Que, los términos del Convenio y la tasa ofrecida por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de los servicios a prestar por la Comuna son razonables.-
Que, asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades a la Presidente Comunal Dra. María Cristina Gómez DNI Nº 12.078.140, para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, como también a percibir la tasa que se establezcan;
Que, a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad, para afectar a los fondos de coparticipación que le corresponda a la Comuna,
Por ello, la Comisión Comunal de María Teresa en uso de sus legítimas facultades, dicta y sanciona la siguiente
ORDENANZA
Art. 1: Apruébase la formalización de un Convenio entre esta Comuna, y la Dirección Provincial de Vialidad para ejecutar en el marco del Programa de Descentralización , los trabajos consistentes en la ejecución de un sistema de iluminación compuesto por 29 columnas tubulares, sobre la R. P. Nº 14 y sus intersecciones con: acceso Norte a la localidad, R. P. Nº 2-S y Acceso Principal, conforme al plan de trabajo a establecer de común acuerdo entre las partes.-
Art. 2: Facúltase a la presidente comunal Dra. María Cristina GOMEZ, D.N.I. Nº 12.078.140, para que suscriba el respectivo convenio, como también para que realice todos los actos necesarios para el cumplimiento del mismo y a la percepción del monto que se establezca, y se efectivizará según convenio.-
Art. 3: Apruébese la inversión que deberá realizar la Comuna conforme a la Ley Nº 2439.-
Art. 4: Autorízase a la Dirección Provincial de Vialidad a afectar los fondos de coparticipación que le correspondan a la Comuna, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiera ocasionar el incumplimiento del Convenio.-
Art. 5: Regístrese, publíquese, comuníquese y archívese.
María Teresa, 17 de julio de 2007.-