CODIGO TRIBUTARIO COMUNAL
       Código Tributario Comunal - Título II - Parte Especial
            
                 Código Tributario Comunal - Título II - Parte Especial - Capítulo V - Derecho de Abasto, Matadero e Inspección Veterinaria

CAPITULO V
DERECHO DE ABASTO, MATADERO E INSPECCION VETERINARIA

Art. 106: Se abonará este derecho por:
a)        La matanza de animales en mataderos municipales;
b)        La matanza de animales en mataderos autorizados;
c)        Por inspección veterinaria de animales faenados, en el municipio o introducidos al mismo.-
La ordenanza impositiva establecerá los montos a abonar por cada concepto.-