AREA DE ALIMENTOS
       
            Ordenanza Nº 47/10 - s/Apruébese el Código Alimentos de la Comuna

ORDENANZA Nº 47/10

VISTO:

               La necesidad de contar con un Código normativo tendiente a unificar y compilar la metodología que aplica el Área de alimentos de la Comuna con la Agencia Santafesina de Seguridad Alimentaria de la Provincia de Santa Fe, y


CONSIDERANDO :

             Que la Comuna a través del Área de Alimentos, es el organismo de aplicación a nivel local de las normas contempladas en el art.14 del Decreto del Poder Ejecutivo Provincial Nº 206/2007 del mismo, a saber:

a )Ley 18.284/69 Código alimentario argentino
b) Ley 22.375/81 Federal de carnes.
c) Decreto 4238/68 Reglamento de inspección de productos subproductos y derivados  
     de origen animal.
d) Ley 2.998/41 Código bromatológico provincial
e) Ley 10.745/91 Tasas y aranceles bromatológicos
f) Decreto 815/99 Sistema nacional de control de alimentos;

               Que la Ley 18.284/69 Código alimentario argentino en sus artículos 9; 10; 11; 12; 13; 14 y 19 establece procedimientos, infracciones y sanciones a aplicar;

                Que el Decreto 4.238/68 (Reglamento de inspección de productos subproductos y derivados de origen animal) en su Capitulo 30 de las penalidades, establece procedimientos, infracciones y sanciones a aplicar;

                Que la Ley 2.998/41 Código Bromatológico Provincial en sus Títulos 11 y 12 establece procedimientos, infracciones y sanciones a aplicar;

                  Que el Decreto nacional 815/99 (Sistema nacional de control de alimentos) establece la necesidad de unificar las diferentes normativas a aplicar por las jurisdicciones a nivel Nacional, Provincial y Comunal.

                 Que así entonces, surge la necesidad de actualizar y facilitar estos procedimientos, estableciendo los lineamientos básicos que aseguren el correcto modo de aplicación, brindando las mayores garantías de conocimiento y derecho a la defensa del administrado;

                   Que en virtud de lo dispuesto en la ley orgánica de Comunas y al decreto

206/07 el artículo 14, se cuenta con facultades para el dictado del presente acto administrativo;

Por ello:


La Comisión Comunal de María Teresa en uso de sus facultades, dicta y sanciona la
Siguiente:


ORDENAZA


Articulo 1º: Apruébese el Código para la aplicación de los procedimientos y faltas ante infracciones a la normativa de competencia del Área de Alimentos Comunal, que como Anexo I forma parte de este acto, y como Anexo II, la descripción de faltas, infracciones, transgresiones y el conocimiento de las sanciones pertinentes.

Artículo 2º: El responsable del Área alimentos deberá mantener actualizado e incorporará al mismo las modificaciones necesarias que faciliten la aplicación del marco normativo, observando los principios generales propios de esta materia.

Artículo 3º: Instrúyase al responsable del Área alimentos sobre responsabilidad de dirigir los procedimientos que fuere necesario realizar y aplicar el Código citado a través de la emisión de las órdenes correspondientes

Artículo 4º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese


                                                                                            María Teresa,