ORDENANZA Nº 45 /2004.-
Y VISTO:
La tramitación iniciada ante la Dirección Provincial de Viviendas y Urbanismo para la construcción de "3 viviendas en Lotes Propios", que obra en la actuación Nº 15204-00097364-2 de loa registros del aludido organismo; y
CONSIDERANDO:
Que es necesario contar, previo a la aprobación del trámite con la presentación de Estudio de Suelo de los terrenos afectados a la construcción de las viviendas;
Que según informes técnicos y referencias de construcción aledañas, los terrenos afectados a la obra no presentan inconvenientes que impliquen la previsión de fundaciones especiales;
POR TODO ELLO:
LA COMISION COMUNAL DE CAYASTA SANCIONA Y PROMULGA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Artículo 1º): Asumir la responsabilidad y los eventuales costos que fueran originados por los rubros movimientos de suelo y fundaciones no previstos en el Presupuesto en los terrenos destinados a la mencionada obra a raíz de la construcción de la viviendas.-
Artículo 2º): Comuníquese al Organismo pertinente, regístrese en el libro dde Ordenanzas y Archívese.-
Dada en Sede de la Comuna de Cayastá., Departamento Garay, Provincia de Santa Fe, a los 13 días del Mes de Diciembre de 2.004.-