TURISMO
       
            Ordenanza Nº 278/13 - s/Apruébese el Reglamento de Alojamientos Turísticos y Camping

ORDENANZA Nº 278/2013.-
Cayastá, 6 de mayo de 2013.-

VISTO:
Decreto 1216/71 de Reglamentación Hotelera de la Provincia de Santa Fe y la ley Nacional 25997;
CONSIDERANDO:

       Que la Comuna ha definido a la actividad turística como una herramienta estratégica para el desarrollo de la localidad, para lo cual es indispensable poner en valor y en mercado la variada oferta de atractivos con que cuenta la localidad; todo esto con la mayor calidad posible para lograr el máximo de satisfacción de los turistas que arriban.
Que es determinante el nivel de excelencia en la prestación de los servicios turísticos para lograr la fidelización de los clientes y continuar con la evolución de la actividad que se ha venido registrando en los últimos años y que ha permitido el inicio de una etapa de protagonismo de nuestra localidad a nivel nacional.
Que se encomendó esa tarea a la Secretaría de Turismo de la Comuna de Cayastá, la que en reunión con los dueños de hoteles, cabañas y/u hospedajes manifestaron sus inquietudes con relación a la regulación de los alojamientos.
Que es necesario establecer una regulación que establezca los requisitos necesarios para que la actividad hotelera y de camping en la localidad se realice en optimas condiciones y evitando la competencia desleal entre los propietarios de dichos emprendimientos.

POR TODO ELLO:
LA COMISION COMUNAL DE CAYASTA, SANCIONA Y PROMULGA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

Art. 1º - Apruébese el REGLAMENTO DE ALOJAMIENTOS TURISTICOS Y CAMPING        que se acompaña a la presente ordenanza como Anexo I.
Art. 2º - Deróguense las ordenanzas y toda normativa que sea contraria a la presente.-
Art. 3º - Regístrese, Comuníquese y Archívese.-