TERRENOS
       
            Ordenanza Nº 280/13 - s/Modifica Ordenanza Nº 252/12. Dación en Pago Familia Borurniseent.

ORDENANZA NRO. 280/2013.-

Cayastá, 20 de  mayo de 2013.-

VISTO:
                           La Deuda que sostiene con la Comuna las propietarias del Loteo Garay, Sras SILVIA IMELDA BOURNISSENT, DNI: 12.603.936; MARIA CRISTINA, BOURNISSENT, DNI: 14.214.827; OLIVIA MATILDE BOURNISSENT, DNI: 13.699.946; GRACIELA MARIA BOURNISSENT, DNI 14.214.828; desde enero del 2005  hasta agosto de 2012 inclusive, en concepto de Tasa General de Inmueble de los siguientes padrones a saber: 915, 922,923, 948, 956, 916, 917, 928, 935, 947, 953, 957, 958, 959, 960, 961 a 980, 982 a 989;
CONSIDERANDO:
Que las obligadas al pago solicitaron a la Comuna se revise la deuda reclamada ya que habría períodos prescriptos, para así proceder a la escrituración del lote que se ofrece en dación en pago.
Que la propuestas de las mismas de cancelar lo adeudado mediante la dación en pago de un inmueble designado como  lote nro. 13 del plano nro. 156570, nro. de padrón 969, Partida inmobiliaria nro.: 05-02-00-023174/0341-8, valuado en PESOS SETENTA Y CUATRO MIL ($ 74.000.-), y de la revisión de la deuda ha sido considerada por la comisión comunal, la cual ha accedido ha dicho pedido.
Que la deuda por el período enero de 2005 hasta junio de 2013 asciende a la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES ($75.823)
Que el saldo restante de PESOS UN MIL ($ 1.823.-), se cancelará en efectivo al día 30/10/2013. La mora se producirá de pleno derecho, por el solo transcurso del plazo acordado, sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial alguna.  

POR TODO ELLO:
                LA COMISIÓN COMUNAL  DE CAYASTA SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

PRIMERO:   Modifíquese la ordenanza nro. 252/12, en lo que sea contraria a la presente.

SEGUNDO: Se expresa el compromiso de aceptar la Dación en Pago del lote designado como nro. 13 del plano 156570, nro. de padrón 969, Partida inmobiliaria nro.: 05-02-00-023174/0341-8, por un valor de PESOS SETENTA Y CUATRO MIL ($ 74.000.-), por la deuda de Tasa General de Inmueble de los siguientes padrones a saber: 915, 922, 923, 948, 956, 916, 917, 928, 935, 947, 953, 957, 958, 959, 960, 961 a 980, 982 a 989 que asciende a la suma de PESOS SETENTA Y CINCO MIL OCHOCIENTOS VEINTITRES ($ 75.823);  bajo condición de que las propietarias, asuman los gastos, aportes, impuestos y honorarios que devengue la realización de la escritura de transferencia de dominio.
Asimismo las propietarias se obligan a escriturar antes del 30/07/2013, vencido dicho plazo podrá exigirse la escrituración por vía judicial.

TERCERO:   Desígnese a la Escribana FABIANA ALICIA BORLLE,  Titular Registro Público Nro. 584, Matrícula nro. 579, para realizar la escritura traslativa de dominio correspondiente.-

CUARTO:    Se autoriza al Sr. Presidente Comunal Mario Hugo Latiga, L.E. 6.250.019, a la firma del convenio de Dación en Pago con las Sras. SILVIA IMELDA BOURNISSENT, DNI: 12.603.936; MARIA CRISTINA, BOURNISSENT, DNI: 14.214.827; OLIVIA MATILDE BOURNISSENT, DNI: 13.699.946; GRACIELA MARIA BOURNISSENT, DNI 14.214.828; quedando facultada la Comisión Comunal a ceder los derechos y acciones emergentes del convenio con relación al inmueble a terceras personas.

QUINTO: Se acepta el pago del saldo al día 30/10/2013. Dicha suma se abonará al contado, produciéndose la mora de pleno derecho al vencimiento del plazo, sin necesidad de intimación judicial o extrajudicial alguna.-

SEXTO: Regístrese, comuníquese, hágase saber,  publíquese y archívese.-