ORDENANZA Nº 56 /2005
Y VISTO:
La aprobación recibida por la Secretaria de Estado de Promoción Comunitaria, dependiente del Gobierno de la Pcia. de Santa Fe, en el "Programa Banco Solidario", para el otorgamiento de Subsidios no reintegrables a Gobiernos Locales, en este caso la Comuna de Cayastá, habiéndose recibido la Notificación y dando cumplimiento de los establecido en el instructivo para el otorgamiento del fondo no reintegrable en el punto b, comunicación de la aprobación y apertura de cuenta corriente;
CONSIDERANDO:
Que se ha cumplimentado con los requisitos establecidos en el instructivo en lo referido al inicio de Gestión y habiéndose recibido la aprobación de la solicitud, se hace necesario que esta Institución abra en el plazo de cinco días hábiles una cuenta corriente en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., sucursal Helvecia, que será llamada " Banco Solidario", la que será destinada exclusivamente al otorgamiento de microcreditos enmarcados en este programa.-
Esta Institución oportunamente presentará la certificación Bancaria de la Cuenta Corriente en la COORDINACIÓN GENERAL DEL PROGRAMA, especificando los datos de las personas autorizadas para el uso de la cuenta corriente. Que conforme a la legislación vigente será el Presidente y el Tesorero respectivamente.-
LA COMISIÓN COMUNAL DE "CAYASTA"
RESUELVE :
PRIMERO: Crear el "Banco Solidario", en el Marco del Programa de la Secretaría de Estado y Promoción Comunitaria dependiente del Gobierno de la Provincia de Santa Fe.-
SEGUNDO: Abrir una cuenta Corriente ante el Nuevo Banco de Santa Fe S.A, sucursal Helvecia, que se denominará " Banco Solidario", destinada exclusivamente a microcreditos.-
TERCERO: Se designa como personas autorizadas para el uso de la Cuenta Corriente al Sr. Marcelo Antonio Dupraz, Presidente y al Edith Macedo, Tesorera.-
CUARTO: Regístrese, comuníquese, hágase saber, publíquese y archívese.-
- - - dada en el Sede de la Comuna de Cayastá, Departamento Garay, provincia de Santa Fe, a los 08 días mes de Noviembre del año Dos Mil Cinco.-