ORDENANZA Nº 57/2005.-
VISTO:
Las necesarias erogaciones efectuadas en el ejercicio del año 2005, con motivo de las exigencias de la administración comunal en miras a la satisfacción del bien común; y
CONSIDERANDO:
Que lo antedicho se encuentra debidamente documentado, reconociendo como finalidad la prestación de servicios esenciales y la ejecución de obras públicas previstas para el año en curso;
Que esta administración ha obtenido un aporte del Gobierno Provincial en calidad de no reintegrable, destinado a la implementación del Programa Banco Solidario, surgiendo la necesidad de incluir la partida presupuestaria correspondiente en calidad de Rentas Especiales;
Que atento al ajuste de coparticipación de años anteriores decretado por el Gobierno de la Provincia de Santa Fe, surge la necesidad de considerar el incremento producido en los ingresos por dicho concepto;
Que es facultad de este Poder Administrador la distribución de los recursos a los fines de adecuar los mismos a las necesidades de la población, ajustando el presupuesto, mediante la disminución de las partidas que no han de ser íntegramente utilizadas para asignar dichos fondos a otros rubros que así lo requieran;
Que por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por la Ley Nº 2439 - Orgánica de Comunas;
LA COMISION COMUNAL DE CAYASTA
SANCIONA Y PROMULGA LA SIGUIENTE
O R D E N A N Z A
Artículo 1º Modifícase el Presupuesto General del Ejercicio 2005, en el concepto de RECURSOS, en la siguiente forma:
AMPLIACIONES:
RECURSOS CORRIENTES $ 10.000.-
DE OTRAS JURISDICCIONES $ 10.000.-
Coparticipación Impuestos Nacionales $ 10.000.-
FINANCIAMIENTO $ 15.000.-
Aportes No Reintegrables $ 15.000.-
Subsidios del Gobierno Provincial $ 15.000.-
Artículo 2º Modifícase el Presupuesto General del Ejercicio 2005, en el concepto de EROGACIONES, en la siguiente forma:
AMPLIACIONES:
EROGACIONES CORRIENTES $ 23.800.-
Personal $ 17.300.-
- Conducción Superior $ 2.200.-
- Planta Permanente $ 12.100.-
- Aporte Patronal Jubilatorio $ 2.700.-
- Aporte Patronal Obra Social $ 300.-
Bienes y Servicios No Personales $ 6.000.-
- Conservación Inmuebles Públicos $ 900.-
- Mantenimiento Alumbrado Público $ 200.-
- Comunicaciones $ 600.-
- Honorarios y Retribuciones a Terceros $ 900.-
- Publicidad y Difusión Institucional $ 900.-
- Movilidad y Viáticos $ 800.-
- Cortesía y Ceremonial $ 1.500.-
- Fletes y Acarreos $ 200.-
Transferencias $ 500.-
- Asistencia y Promoción Social $ 500.-
EROGACIONES DE CAPITAL $ 2.500.-
Trabajos Públicos $ 2.500.-
Otras Obras Públicas $ 2.500.-
EROGACIONES ESPECIALES $ 15.000.-
Aportes Gbno. Provincial C/Af. Espec. $ 15.000.-
DISMINUCIONES:
EROGACIONES CORRIENTES $ 13.800.-
Bienes y Servicios No Personales $ 13.300.-
- Combustibles y Lubricantes $ 6.000.-
- Uniformes y Ropa de Trabajo $ 500.-
- Herramientas Menores $ 500.-
- Otros Bienes de Consumo $ 500.-
- Conservación Rodados, Máq. Y Herram. $ 3.500.-
- Cubiertas y Cámaras $ 2.000.-
- Comisiones Bancarias $ 300.-
Transferencias $ 500.-
- Subsidios Entidades Intermedias $ 500.-
EROGACIONES DE CAPITAL $ 2.500.-
Trabajos Públicos $ 2.500.-
Asilo de Ancianos $ 2.500.-
Artículo 3º: Como consecuencia de las modificaciones dispuestas en los artículos anteriores, el Total General del Presupuesto del Ejercicio 2005, ha variado, ascendiendo a la suma de PESOS: UN MILLON OCHOCIENTOS TREINTA Y CUATRO MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y UNO ($ 1.834.991.-).
Artículo 4º: Regístrese, cúmplase, comuníquese y archívese.
DESPACHO: CAYASTA,