CONVENIOS
       
            Ordenanza Nº 94/07 - s/Convenio con la D.P.V., construcción de un refugio peatonal sobre la Ruta.

ORDENANZA Nº 94  /2007.-
Cayastá - 29 de octubre de 2007.-

VISTO:
La posibilidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad, para formalizar un Convenio por el cual esta Comuna de Cayastá ejecutará en el marco del Programa de Descentralización Vial para el año 2007, la construcción de un refugio peatonal sobre la Ruta Provincial Nº 1, Zona Urbana de Cayastá, en el ámbito de su jurisdicción, y;

CONSIDERANDO:
Que los términos del convenio y el precio ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de los servicios a prestar por la Comuna son razonables y compensan las inversiones a su cargo:
Que resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio, para lo cual es conveniente otorgar facultades al Presidente de la Comuna Señor MARCELO ANTONIO DUPRAZ, D.N.I. N° 14.681.086, para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, como también a percibir .el monto que se establezca.
Que a los fines de garantizar el Convenio correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los Fondos de Coparticipación que le correspondan a la Comuna.
Que los trabajos serán supervisados por la Dirección Provincial de Vialidad.
Que evaluados los beneficios que la ejecución de los trabajos brindará a todos los habitantes de la Zona.

Por todo ello,
LA COMISIÓN COMUNAL DE CAYASTÁ
SANCIONA LA SIGUIENTE
ORDENANZA
ARTICULO 1º: Apruébese el Convenio entre esta Comuna de Cayastá y la Dirección Provincial de Vialidad por el cual la Comuna ejecutará en el marco del Programa de Descentralización Vial para el año 2007, la construcción de un refugio peatonal sobre la Ruta Provincial Nº 1, Tramo: Zona Urbana de Cayastá, en el ámbito de su jurisdicción.- -
ARTÍCULO 2°: Facúltese al Presidente de la Comuna de Cayastá Señor MARCELO ANTONIO DUPRAZ, D.N.I. N° 14.681.086, para que la represente y realice todos los actos necesarios para el cumplimiento del Convenio y a la percepción de los montos certificados conforme el monto establecido.-----------------------------------------------
ARTICULO 3º: Apruébese la inversión que deberá realizar la Comuna conforme a la Ley Nº 2439.---------------------------------------------------------------------------------------------------
ARTÍCULO 4º: Autorícese a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de Coparticipación que le correspondan a la Comuna, a fin de resarcirse de los perjuicios que pudiere ocasionarle el incumplimiento del Convenio por parte de la Comuna.-----
ARTÍCULO 5°: Regístrese, comuníquese y archívese.--------------------------------------------