ORDENANZA Nº 43/2004.-
Cayastá, Diciembre 13 de 2.004.-
VISTO:
La posibilidad de llegar a un acuerdo con la Dirección Provincial de Vialidad por el cual esta Comuna ejecutará trabajos de conservación de la Red Vial Provincial, en el Marco del Programa de Descentralización durante el año 2.005; y ;
CONSIDERANDO:
Que los términos del Convenio y el precio ofrecido por la Dirección Provincial de Vialidad para el pago de los servicios a prestar por esta Comuna es razonable y compensan las inversiones a su cargo;
Que asimismo resulta necesario simplificar la ejecución del Convenio para lo cual es conveniente otorgar facultades al Presidente Comunal, Señor Marcelo Antonio Dupraz, DNI Nº 14.681.086, para que la represente y realice todos los actos necesarios para su cumplimiento, como también percibir la Tasa que se establezca.-
Que a los fines de garantizar el cumplimiento del Convenio, correspondería autorizar a la Dirección Provincial de Vialidad para afectar los fondos de coparticipación que el correspondan a la Comuna; del ejercicio en el cual se ejecutan las tareas.-
Que evaluados los beneficios que la ejecución de los trabajos brindará a todos los habitantes de la zona.-
POR TODO ELLO:
LA COMISION COMUNAL DE CAYASTA SANCIONA Y PROMULGA LA SIGUIENTE:
ORDENANZA
Artículo 1º): Apruebase la Prorroga del convenio suscripto entre la Dirección Provincial de Vialidad y esta Comuna, representada por su Presidente, Señor Marcelo Antonio Dupraz, DNI Nº 14.681.086, para conservación de la Red Vial Provincial durante el ejercicio del año 2.005, conforme al Plan de Trabajo a establecer de común acuerdo entr4e las partes, en el marco del Programa de Descentralización Vial.-
Artículo 2º): Facultase al Señor Marcelo Antonio Dupraz, DNI Nº 14.681.086, Presidente del a Comuna de Cayastá, a realizar todos los actos necesario para el cumplimiento del convenio a la percepción del monto certificado en función de la tasa establecida.-
Artículo 3º): Apruébase la inversión que deberá realizar esta Comuna, conforme a la Ley 2439.--------------------------------------------------------------------------------------------------
Artículo 4º): Autoríce a la Dirección Provincia de Vialidad para afectar los fondos de coparticipación que le correspondan a la Comuna durante el ejercicio del año 2.005, en el que se ejecutarán los trabajos, a fin de resarcirse de los perjuicios que le pudiere ocasionar el incumplimiento del Convenio.----------------------------------------------------------
Artículo 5º): Regístrese, comuníquese, y archívese.-