CONTRATACIONES
       
            Ordenanza Nº 71/06 - s/Contrato de Locación de Servicios con Oscar Soratti, Analista de Sistema Informáticos


ORDENANZA Nº 71/2006.-

Cayastá,  15 de Febrero  2.006.-

VISTO:
                La necesidad de cumplimentar con servicios relacionados con el manejo de sistemas informáticos, y la cada vez mayor implementación de  programas  oficiales  de  funcionamiento oficial  con base informática, y  teniendo en cuenta  que esta Comuna no cuenta  con personal capacitado y perteneciente a la planta permanente que revista esa capacitación; y

CONSIDERANDO:
                                   La necesidad manifestada, la situación presupuestaria  de esta   institución, de poner en funcionamiento   sistemas y programas informáticos, que generen  mayor seriedad  y eficiencia  en la prestación de los servicios  propios, es obligación  de ésta Comisión Comunal  mejorar  su funcionamiento  con mayor y mejores garantías.   Y teniendo en cuenta la posibilidad establecida en el Código Civil mediante la Locación  de servicios, que  permite  la contratación civil de un profesional que desarrolle los servicios requeridos en  forma  personal y directa, evitando contrataciones que generen  responsabilidad laborales de relación de dependencia;  contratando a un profesional autónomo que deberá  cumplir  con los requisitos habilitantes  exigido oficialmente.-
POR ELLO:
                     LA COMISION COMUNAL DE CAYASTA SANCIONA Y PROMULGA  LA SIGUIENTE ORDENANZA:                                   

Artículo 1°:   Designar  OSCAR HORACIO SORATTI, D.N.I. Nº 25.326.218,  con domicilio en Planta urbana de la Localidad de Cayastá.-

Artículo 2°: Autorizase  expresamente  al Sr. Presidente Comunal  a suscribir  un contrato  de Locación de Servicios por el plazo determinado por el término de doce meses, para la contratación  de  Analista de Sistema Informáticos.-

Artículo 3°: Se establece  como precio de Locación  la suma de Pesos que resulte para personal de Ejecución del Agrupamiento Administrativo, Categoría 8  por hora de servicio, liquidándose dicho monto en forma mensual, que deberá  ser imputado al presupuesto  en vigencia, año 2.006.-

Artículo 4°: Regístrese, comuníquese y archívese.-