CALLES
       
            Ordenanza Nº 283/13 - s/Numeración domiciliaria

ORDENANZA NRO. 283/2013.-

Cayastá, 17 de  junio de 2013.-

Visto:
La ordenanza Nº 178/2011, que establece la numeración domiciliaria en la zona urbana de la localidad, delimitada por las calles Álvaro Gil al Sur, Felipe II al Norte, Teófilo Madrejón al Oeste y Hernandarias al Este, y que cada vez se hace más dificultosa la individualización de los domicilios en zonas que quedaron fuera de la dicha ordenanza;

Considerando:
La necesidad de normalizar y ordenar otras zonas a raíz del crecimiento poblacional, como así también la expansión edilicia, siendo indispensable continuar con la identificación domiciliaria a modo que facilita la localización de un propietario y/o propiedad.
Que el nuevo proyecto propone lograr un mejoramiento funcional de la localidad y un instrumento de sistematización urbanística que refleja un orden elogiable y como consecuencia traerá solución a las prestaciones de servicios (comuna, juzgado, policía, correo, etc.).
Cabe destacar que el proyecto abarca los terrenos que presentan construcciones edilicias, quedando fuera los terrenos baldíos, atento a que la medición se efectúa por distancias entre puertas.-

POR ELLO LA COMISIÓN COMUNAL DE CAYASTA  SANCIONA LA PRESENTE O R D E N A N Z A

Artículo 1º: Sanciónese la presente ordenanza que amplía la numeración domiciliaria a las zonas comprendidas dentro del polígono A, B, C, D, E, F, G, H, I, J, K, L, A; siguiendo las alturas comprendidas en el Plano confeccionado por el Agrim. Piriz, según ordenanza 178/2011.

Artículo 2º: Apruébese el plano de localización de numeración domiciliaria detallado por manzanas que se agrega a la presente como anexo I.

Artículo 3°: Apruébese como Anexo II, el detalle de numeración domiciliaria de las manzanas comprendidas en el Anexo I.

Artículo 4°: Apruébese el formulario de solicitud  de número de domicilio, que se adjunta como anexo III.

Artículo 5°: Regístrese, Comuníquese y  archívese.-