ADMINISTRACION COMUNAL
       
            Ordenanza Nº 29/04 - s/Establécese que las Ordenanzas y Resolución sancionadas deberán redactarse utilizando un procesador de texto computarizado.


ORDENANZA Nº 29/2004.-

Cayastá, 12 de Enero de 2004.-

VISTO:
              El Libro Especial existente en esta Comuna donde quedan registradas todas las Ordenanzas  y Resoluciones sancionadas por la Comisión Comunal; y

CONSIDERANDO:
                                  Que en dicho Libro se transcriben textualmente las disposiciones comunales, que previamente son redactadas en hojas sueltas con membrete comunal, a través de un procesador de textos computarizado;

                                  Que estas Ordenanzas y Resoluciones quedan archivadas por orden cronológico y numeradas, resultando necesario para cumplir con las disposiciones contenidas en el artículo 35 de la Ley Orgánica de Comunas Nº 2439, asentar en dicho Libro la fecha, el número y el concepto correspondiente a cada una de ellas;

POR ELLO:

LA COMISION COMUNAL DE CAYASTA
SANCIONA Y PROMULGA LA SIGUIENTE

ORDENANZA:

ARTICULO 1º: Establécese que las Ordenanzas y Resoluciones sancionadas por la Comisión Comunal deberán redactarse utilizando un procesador de textos computarizado, en hojas sueltas con membrete comunal y archivarse por orden cronológico y numeradas en una carpeta habilitada al efecto, debiendo asentar en el Libro Especial, foliado y rubricado, la fecha de sanción, el número y el concepto correspondiente a cada una de ellas.-

ARTICULO 2º: Las disposiciones contenidas en el artículo 1º de la presente Ordenanza entrarán en vigencia a partir del día 12/01/04.-

ARTICULO 3º: Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese.-